La nulidad de oficio en la apelación de sentencia de los procesos civiles en el Perú: ¿excepción al principio de congruencia recursal o manifiesta vulneración al debido proceso?

El modelo procesal peruano, a causa de la confluencia del principio inquisitivo y dispositivo, se ha prestado para la admisión de diversas instituciones procesales, influenciadas ya bien sea por los intereses privados o públicos. Una de estas instituciones, denominada en el presente trabajo como nul...

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Bibliographic Details
Main Authors: La Torre Banda, Juan Jose, Zegarra Quiroga, Italo Enrique
Format: Article
Language:Spanish
Published: Universidad Autónoma de Nuevo León 2026
Subjects:
Online Access:https://revistanomos.uanl.mx/index.php/revista/article/view/52
Description
Summary:El modelo procesal peruano, a causa de la confluencia del principio inquisitivo y dispositivo, se ha prestado para la admisión de diversas instituciones procesales, influenciadas ya bien sea por los intereses privados o públicos. Una de estas instituciones, denominada en el presente trabajo como nulidad de oficio en la segunda instancia, acarrea graves problemáticas en tanto a su vinculación con los principios de congruencia recursal y los cánones del debido proceso. A fin de evaluar esta relación, se ha ejecutado una revisión previa sobre las principales instituciones procesales del Perú, las principales teorías inmiscuidas y las posiciones generales sobre esta nulidad de oficio en la apelación. Finalmente, se ha concluido que la nulidad en la apelación no contraviene el principio de congruencia recursal ni vulnera el debido proceso, sino que configura una excepción justificada en la defensa de los intereses generales que se inmiscuyen en todo tipo de procesos civiles en el Perú, siempre y cuando se respete el derecho al contradictorio y se informe pertinentemente a los sujetos procesales sobre el vicio divisado.
Physical Description:Nomos: Procesalismo Estratégico; Vol. 3 No. 5 (2026): January-June 2026; 41-64
Nomos: Procesalismo Estratégico; Vol. 3 Núm. 5 (2026): Enero-Junio 2026; 41-64
3061-7383