Edulcorantes no calóricos en exceso de peso: aplicación en matrices lácteas.

Introducción: El uso de edulcorantes ha aumentado mucho en las últimas décadas debido a la preocupación por los efectos negativos del consumo excesivo de azúcar, asociado con enfermedades crónicas no transmisibles. Objetivo: Esta revisión examina la evidencia sobre los edulcorantes no calóricos (suc...

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Bibliographic Details
Main Authors: Sanchez Londoño, María Antonia, Ramos Polo, Ana Rosa
Format: Article
Language:Spanish
Published: Universidad Autónoma de Nuevo León,Facultad de Salud Pública y Nutrición 2024
Subjects:
Online Access:https://respyn.uanl.mx/index.php/respyn/article/view/827
Description
Summary:Introducción: El uso de edulcorantes ha aumentado mucho en las últimas décadas debido a la preocupación por los efectos negativos del consumo excesivo de azúcar, asociado con enfermedades crónicas no transmisibles. Objetivo: Esta revisión examina la evidencia sobre los edulcorantes no calóricos (sucralosa, sacarina, aspartame, acesulfame K, neotame, advantame, ciclamato, lactitol y estevia) y su relación con el exceso de peso, además de sus ventajas y desventajas tecnológicas en la producción de yogur. Material y Método: Se realizó una revisión de tema con base a la literatura publicada entre los años 2018 a 2023 en las bases de datos Science Direct, PubMed y Google Scholar. Resultados: La sacarina, sucralosa, acesulfame K y advantame activan el sistema de recompensa, mientras que la sucralosa y la sacarina provocan disbiosis intestinal. Por otro lado, la estevia y el lactitol son los más adecuados para la producción industrial de yogur debido a su estabilidad en pH ácidos, solubilidad en agua y resistencia al calor. Conclusión: La estevia destaca como el edulcorante más apropiado, ya que combina ventajas tecnológicas con la ausencia de efectos negativos para la salud.
Physical Description:RESPYN Revista Salud Pública y Nutrición; Vol. 23 No. 4 (2024): OCT-DIC 2024; 15-27
RESPYN Revista Salud Pública y Nutrición; Vol. 23 Núm. 4 (2024): OCT-DIC 2024; 15-27
1870-0160