Pueblo de indios de Nuestra Señora de San Juan del Carrizal de la Nueva Tlaxcala, en el Valle de las Salinas

Hacia el primer tercio del siglo XVII, la ciudad de Monterrey conservaría intacta la jurisdicción otorgada desde su fundación de quince leguas por cada viento, es decir 62 kilómetros, 850 metros por punto cardinal; en sus términos hacia el norte registrará la primera disminución al crearse el Valle...

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Bibliographic Details
Main Author: Vázquez Esquive, Meynardo
Format: Article
Language:Spanish
Published: Universidad Autónoma de Nuevo León 2025
Subjects:
Online Access:https://reforma.uanl.mx/index.php/revista/article/view/661
Description
Summary:Hacia el primer tercio del siglo XVII, la ciudad de Monterrey conservaría intacta la jurisdicción otorgada desde su fundación de quince leguas por cada viento, es decir 62 kilómetros, 850 metros por punto cardinal; en sus términos hacia el norte registrará la primera disminución al crearse el Valle de las Salinas1 en 1638. Esta área hasta entonces de la capital del Reino, registraba un notable incremento en las actividades mineras, agrícolas y ganaderas, propiciando un aumento poblacional; de San Francisco (Mina) hasta El Carrizal (Marín) la ribera del río Pesquería Grande registró asentamientos significativos, pocos como el Pueblo de Indios que aquí abordamos, enfrentaron dificultades para sostenerse, por el acoso y ambición de sus vecinos criollos, contra quienes enfrentaron los tlaxcaltecas un largo litigio; finalmente sus pobladores terminarían convencidos por el gobernador justiciero Jerónimo de Barbadillo y Victoria y por él guiados en 1715, a abandonar las disputas y el pueblo que ellos habían construido, e ir a fundar la misión de Purificación en el Valle del Pilón. No obstante, su iniciativa de plantar el pueblo de Nuestra Señora de San Juan del Carrizal, propició el establecimiento de un nuevo asentamiento habitado por los criollos y constituido en el mismo sitio.
Physical Description:Revista Reforma Siglo XXI; Vol. 24 Núm. 95 (2018): Reforma Siglo XXI ; 97-103
2007-2058