LA JURISDICCIÓN DE MONTERREY EN LA ÉPOCA VIRREINAL

EN EL ACTA DE FUNDACIÓN SON SEÑALADAS por jurisdicción a Monterrey quince leguas “por cada banda”. Contadas desde su primitiva plaza mayor, al norte del ojo de agua, serían quince al oriente, quince al poniente e igual al norte y al sur, “en cuadro”. La dimensión de la legua es variante en diversos...

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Bibliographic Details
Main Author: Cavazos, Israel
Format: Article
Language:Spanish
Published: Universidad Autónoma de Nuevo León 2023
Online Access:https://humanitas.uanl.mx/index.php/ah/article/view/1869
Description
Summary:EN EL ACTA DE FUNDACIÓN SON SEÑALADAS por jurisdicción a Monterrey quince leguas “por cada banda”. Contadas desde su primitiva plaza mayor, al norte del ojo de agua, serían quince al oriente, quince al poniente e igual al norte y al sur, “en cuadro”. La dimensión de la legua es variante en diversos países. En España eran 6,666 varas y 2 tercias (5,572 metros, aprox.). En la Nueva España consistía en cuatro mil pasos cada una. Bajo esta base, Monterrey tendría 65.5 kilómetros por cada rumbo. Esto es, 122 kilómetros en cruz (aprox.). El cálculo comprendería, al norte, (en lugares actuales) la Estación Morales, en Salinas Victoria; al sur, el río Ramos, quedando dentro los municipios de Allende y Santiago; al oriente, la comunidad del Ayancual, del municipio de los Ramones; y al poniente la Cuesta de los Muertos; todo de manera aproximada. En este amplísimo marco geográfico fueron apareciendo estancias y haciendas. Pero Monterrey no tiene en nuestros días esa vastedad. Su extensión actual apenas si alcanza los 451.3 kilómetros cuadrados. Pero, ¿cómo, cuándo y por qué fue perdiendo esta enorme extensión territorial? Emulando al maestro Edmundo O’Gorman en su Historia de las divisiones territoriales de México, intentaremos algo semejante, aunque en forma esquemática.
Physical Description:HUMANITAS DIGITAL; Núm. 37 (2010): Humanitas 2010 Enero-Diciembre; 79-87
2007-1620
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