Publicado 2021
“…III del tratado arriba citado, o sea, el también conocido con el nombre de Hay-Pauncefote, lo siguiente:
"Los Estados Unidos adoptan, como base de la neutralización de tal canal de boques, las siguientes reglas, sustancialmente como han sido incorporadas en la Convención de
Constantinopla, firmada el 28 de octubre de 1888, para la libre navegación del Canal de Suez, es decir:
"I El canal estará libre y abierto a los buques mercantes y de guerra de todas las naciones que observen estas reglas, en términos de entera igualdad, de modo que no habrá discriminación contra ninguna nación o sus ciudadanos o súbditos, con respecto a condiciones o tarifas de tráfico, o cualquier otra. …”
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