Improcedencia de la determinación estimativa de las cuotas de seguridad social en sector de la construcción

Esta investigación es importante desarrollarla porque servirá de base, para analizar la problemática en la improcedencia en la estimación de las cuotas obrero-patronales en Las empresas dedicadas a la construcción, demostrando la ilegalidad en el actuar de la autoridad y otorgar a los contribuyentes...

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Bibliographic Details
Main Authors: Jimenez Garcia, Laura Elena, Rodriguez Berrelleza, Antonio Rosalio, Martinez Perez, Berenice
Format: Article
Language:Spanish
Published: Universidad Autónoma de Nuevo León 2022
Subjects:
Online Access:https://vinculategica.uanl.mx/index.php/v/article/view/325
Description
Summary:Esta investigación es importante desarrollarla porque servirá de base, para analizar la problemática en la improcedencia en la estimación de las cuotas obrero-patronales en Las empresas dedicadas a la construcción, demostrando la ilegalidad en el actuar de la autoridad y otorgar a los contribuyentes que se encuentran específicamente en la esta industria certeza jurídica.  Dentro de la problemática podemos darnos cuenta de que se trasgrede el principio de legalidad tributaria al aplicar el “Artículo 18 del Reglamento el Seguro Social obligatorio para los trabajadores de la construcción por obra o tiempo determinado”, a los contribuyentes dedicados a la construcción, de manera supletoria aun y cuando los contribuyentes cumplen con lo que la Propia Ley del Seguro Social le señala. La opción de aplicar el artículo 18 del Reglamento se presenta solamente cuando el contribuyente ha incumplido con las obligaciones que dispone la propia ley, hecho que en la actualidad se aplica de manera discrecional por la autoridad, ocasionando que le determinen diferencias en los montos que pago realmente por la mano de obra. Si los patrones cumplen con todos los requisitos que la ley del Seguro social para la determinación de las Cuotas obrero-Patronales, la Autoridad no se encontraría facultada para aplicar la Estimativa del Artículo 18 del Reglamento. Cuando los contribuyentes cumplan con el soporte documental y legal que la ley le exige, estarán en el derecho de solicitar los medios de defensa que tienen a su disposición.
Physical Description:Vinculategica efan; Vol. 8 No. 3 (2022): VinculaTégica EFAN 8(3) Mayo - junio 2022; 134-140
Vinculatégica EFAN; Vol. 8 Núm. 3 (2022): VinculaTégica EFAN 8(3) Mayo - junio 2022; 134-140
2448-5101