Del estado corporativo al estado neoliberal: las repercusiones en el ámbito del derecho de huelga

En el estudio de las relaciones Estado-sociedad se retoma la temática laboral, área importante del derecho social y que incide directamente en la construcción de una política democrática. Los derechos colectivos, patrocinados por los cuerpos sindicales, teóricamente tendrían que defender sus interes...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Medellín Mendoza, Laura Nelly
Formato: Sección de libro.
Lenguaje:inglés
Publicado: Editor CEE 2010
Materias:
Acceso en línea:http://eprints.uanl.mx/4249/1/Del%20Estado%20corporativista%20al%20Estado%20neoliberal.pdf
Descripción
Sumario:En el estudio de las relaciones Estado-sociedad se retoma la temática laboral, área importante del derecho social y que incide directamente en la construcción de una política democrática. Los derechos colectivos, patrocinados por los cuerpos sindicales, teóricamente tendrían que defender sus intereses de clase ante el Estado y ante los empresarios. Los sindicatos, en la conformación de una política democrática, son agentes clave y no se podría prescindir de su estructuración para los objetivos de la gobernabilidad. Sin embargo, como demostraremos a lo largo del ensayo, el Estado ha tenido un tratamiento poco defensivo de los derechos colectivos, en particular, el derecho de huelga, a pesar de tener una garantía constitucional. Contextualizamos que este derecho se ha enfrentado con históricos controles políticos y administrativos, engarzados primero al corporativismo del Estado posrevolucionario y después al Estado converso a una ideología neoliberal. En la estructura del ensayo teórico, enunciamos primero la normativización del derecho de huelga dentro del ordenamiento laboral. Esto es importante para ponderar la importancia del instrumento dentro de la codificación vigente de las relaciones laborales; sin embargo, al mismo tiempo, se expresan los controles políticos y administrativos a los que se enfrenta, que fueron conformando la estructura corporativista del Estado y que terminó por dominar toda la inercia ya dada en el derecho colectivo. Por último, sostenemos que el mismo Estado como una consecuencia de la globalización económica, esté convenido a justificar una nueva cultura laboral basada en acuerdos entre los factores de la producción para suscribir la competitividad empresarial, pero en donde los derechos colectivos, y suponemos que aún más, el derecho de huelga, termina por ser todavía minusvalorado.